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Ayudas
Los ganaderos podrán solicitar ayudas para contratar servicios que les sustituyan en casos justificados
Con esta medida se pretende mejorar la calidad de vida de los titulares de las explotaciones, ya que la actividad pecuaria requiere dedicación diaria.
25/06/2009 Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía

La Consejería de Agricultura y Pesca convoca ayudas para facilitar a los ganaderos la implantación de servicios de sustitución en sus explotaciones. Estas ayudas, incluidas en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Andalucía 2007-2013, tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de los titulares de las explotaciones y sus condiciones de trabajo, haciendo de la ganadería una actividad más atractiva de cara a la necesaria incorporación de los jóvenes para facilitar el relevo generacional.

Según la orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 23 de junio de 2009, las ayudas van destinadas principalmente a subvencionar los gastos salariales de los servicios de sustitución solicitados por agrupaciones de ganaderos. Los mismos, de carácter temporal, deberán realizarlos agentes cualificados que podrán reemplazar temporalmente a los titulares de las explotaciones y sus familiares de primer grado de consaguinidad. Los motivos de sustitución que contempla la orden para beneficiarse de estas ayudas son vacaciones anuales, descanso semanal, fiestas locales y ausencias justificadas.

El importe de las ayudas consiste en unos porcentajes anuales sobre los gastos de contratación de la sustitución durante cinco años. Así, las subvenciones son del 75% de los gastos para el primer año y del 60, 45, 30 y 15% para el segundo, tercer, cuarto y quinto año respectivamente, con un máximo de 24.000 euros por agente y año. También serán subvencionables los gastos efectuados en el primer año derivados de la puesta en marcha del servicio y de los gastos de equipos de trabajo y protección personal. Ambos se subvencionarán con una cuantía máxima de 1.500 y 600 euros respectivamente por agente y año. La cuantía máxima anual por beneficiario podrá ser de hasta 100.000 euros.

Con esta medida se pretende dar respuesta a una de las dificultades del sector ganadero y en especial de los titulares de explotaciones, que se ven obligados a dedicarse a la actividad todos los días del año. Además se garantiza la continuidad de la actividad pecuaria, que es imprescindible para mantener a la población en el territorio.














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