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ESPAÑA
Sacrificio animal
Se regula la información de los animales destinados al sacrificio
El Gobierno aumenta la seguridad alimentaria de los ciudadanos al regular la información de los animales destinados al sacrificio.
23/03/2009 Eurocarne

Aprobado un Real Decreto por el que se armonizan en España los datos mínimos de la información de la cadena alimentaria, lo que mantiene a nuestro país en los primeros lugares de Europa respecto de la seguridad alimentaria de los consumidores.

El Gobierno aumenta la seguridad de los ciudadanos con el Real Decreto por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados al sacrificio. Este texto ha sido aprobado el 20 de marzo por el Consejo de Ministros, a petición de los ministros de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, y Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa. Esta nueva norma coloca a España a la cabeza de Europa en este aspecto.

El Real Decreto tiene como objetivo principal armonizar para España la información mínima de la cadena alimentaria, exigida por la normativa de la Unión Europea, y que se pedirá a todos los ganaderos que envíen sus animales a sacrificio. Estos datos ya deben figurar en los registros que los ganaderos deben tener en sus explotaciones, por lo que no supone requisitos adicionales o más gravosos de obtener. Además, con objeto de facilitar su cumplimiento, en el proyecto se establecen distintas vías para el suministro de esta información.

Esta norma sistematiza y ordena lo establecido en diferentes reglamentos comunitarios, que constituyen el denominado paquete de higiene. Sin perjuicio de la directa e inmediata aplicación de estas normas comunitarias, dado su elevado número, extensión y complejidad, se ha considerado conveniente sistematizar ciertos preceptos derivados de las mismas para hacer más fácil la comprensión de todos los aspectos relacionados con la información de la cadena alimentaria.

Los ganaderos tienen que poner a disposición de los mataderos la información sobre los animales 24 horas antes de enviarlos para su sacrificio. Para su aplicación se ha establecido un periodo transitorio que finaliza el 1 de enero de 2010.














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