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Ayudas a productores de ovino y caprino
Cataluña convoca subvenciones a las agrupaciones de productores de ovino y caprino.
17/05/2010 Eurocarne

El Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (DAR) ha convocado las subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores de ovino y caprino 2010, y ha aprobado las bases reguladoras correspondientes, como publica el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC). El plazo de presentación de solicitudes será de quince días.

La situación actual del sector ganadero, en general, y en especial el de ovino y caprino, dadas las subidas de precios de las materias primas para alimentación animal, la situación sanitaria y las dificultades estructurales hacen que sea necesario aplicar medidas para paliar las dificultades de estas explotaciones ganaderas con el fin de garantizar la actividad y viabilidad del sector, según publica el DOGC.

El fomento de las agrupaciones ganaderas con intereses comunes es una de estas medidas y con este objeto se da apoyo a su constitución, a las inversiones en explotaciones agrarias que integren las agrupaciones, a disposición de pastores y operarios de ordeño, el asesoramiento y la formación y el fomento de la denominación de la carne de ovino y caprino.

Así, el DAR, consciente de la conveniencia de apoyar al sector de ovino y caprino mediante una ayuda económica, convoca estas subvenciones, que tienen por objeto el fomento y la adecuación integral de los sectores de ovino y caprino a través de agrupaciones de productores.

Las entidades beneficiarias pueden ser las agrupaciones de productores en los sectores de ovino y caprino que cumplan los requisitos siguientes: disponer de al menos un centro de tipificación o comercialización en común, requisito que no será obligatorio si la actividad subvencionable es la constitución y el desarrollo de la estructura común de gestión a que hace referencia el apartado 3.1.a) de estas bases reguladoras; disponer de una sede con capacidad suficiente para alojar los diferentes servicios de gestión; cumplir los requisitos del anexo I del Reglamento (CE) núm. 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas; y agrupar al menos dos personas productoras activas en los sectores de ovino y caprino.

De acuerdo con la normativa vigente y con las bases reguladoras publicadas hoy, la subvención es directamente aplicable a los gastos ocasionados por: constitución y desarrollo de la estructura común de gestión; inversión en explotaciones agrarias integradas en la agrupación. Se considerará inversiones: la construcción, adquisición y mejora de los inmuebles, la maquinaria, el equipo y los costes generales relacionados; dotación de servicios y actividades de formación encuadradas en los costes que señala la normativa, punto condicionado a la puesta en marcha de determinados servicios de sustitución y asesoría, entre otros aspectos.














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